“El responsable del animal de compañía considera a sus animales miembros de la familia, casi como hijos o mejores amigos, en vez de considerarlos como propiedad personal”.
Con este argumento, el Octavo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda para establecer la tenencia compartida de dos mascotas pertenecientes a una expareja.
La magistrada Sylvia Papa Beletti estableció que las mascotas son de propiedad común de los exconvivientes por lo que cada uno tendrá a los dos perros involucrados durante tres meses.
“Que así las cosas, de lo señalado precedentemente, lo expuesto por el actor y de los documentos acompañados por las partes, en cuanto a los pagos de gastos de ‘Igor’ y ‘Bambú’, de los que se desprende que tanto el actor como la demandada han concurrido a ellos, se puede presumir que la propiedad de estos pertenece a ambas partes; concurriendo entonces el primero de los requisitos de la presente acción, esto es, la existencia de una cosa común”, dice el fallo.
El tribunal estableció que “no debe ni puede interpretarse únicamente en un sentido económico-patrimonial, sino en la posibilidad de disfrutar y gozar de las mascotas, en su sentido más amplio que incluye su compañía, así como su ámbito afectivo, puesto que tal como se ha sostenido reiteradamente por los entendidos en la materia, los perros son seres que sienten y manifiestan sus emociones”.
Para llegar a esta resolución, el juzgado utilizó una memoria de grado de dos licenciados en Ciencias Jurídicas de la Universidad Finis Terrae, donde se establece que “en el curso de los últimos años, la relación hombre-animal ha cambiado profundamente. Esta relación ha asumido distinciones que reflejan la rápida evolución de los cambios culturales asociados, y con ello ha habido un enorme aumento de la población canina”.
“La relación entre seres humanos y animales de compañía es similar a una relación padre e hijo. El responsable del animal de compañía considera a sus animales miembros de la familia, casi como hijos o mejores amigos, en vez de considerarlos como propiedad personal, y describe el rol del animal en la familia como ‘muy importante'”, cita el fallo.