Lorena Contreras, investigadora y académica de Psicología UDP, conversó en Nada Personal sobre la ola de denuncias por acoso y abuso sexual que hay en Chile y gran parte del mundo, y explicó la diferencia entre estos dos tipos de casos.
“Entendemos como abuso sexual cualquier forma de delito sexual, desde la violación a la exposición a material pornográfico, exhibicionismo, voyerismo, con o sin tocaciones. Hay muchas formas. Todas ellas constituyen un delito, porque implican un traspaso importante de los límites en relación a la sexualidad. Y eso tiene un castigo en nuestro ordenamiento jurídico”, aclaró.
“El acoso sexual, siendo también una forma de conducta inapropiada en la esfera de la sexualidad, tiene que ver ya no con la conducta directa de tocación o intrusión en el cuerpo de otro, sino que más bien se define como un requerimiento de carácter sexual indebido que no es consentido. Es lo que algunos denominan como ‘joteo’. Es una conducta no deseada por el otro, insistente, persistente y molesta”, agregó.
Contreras también especificó que el acoso sexual ligado al ámbito del trabajo adquiere mayor relevancia porque afecta la valoración de la persona en lo laboral, y dijo que “no cualquier forma de “joteo” en nuestro ordenamiento jurídico es un acoso sexual en el trabajo”.
Cabe señalar que, a diferencia del abuso sexual, el acoso sexual no está tipificado como delito en la jurisdicción chilena, y sólo está sancionado en el Código del Trabajo.
Sobre eso mismo, la doctora en psicología se mostró con dudas frente a la posibilidad de legislar en temas de acoso.
“Tengo dudas sobre cuánto resuelve penalizar cada vez más conductas. El derecho penal es la última herramienta, antes tenemos que intentar con todas las anteriores”, finalizó.
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