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Luis Cordero sobre fiscalización en Fiestas Patrias: “No necesita orden de un juez, porque es un caso que requiere de autorización de la Seremi de Salud”

Matías del Río y Nicolás Vergara conversaron con el abogado doctor en Derecho y Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Chile, sobre el sumario de Contraloría a Carabineros y lo que se espera por parte de las autoridades este fin de semana del 18 puntualizando que “la finalidad, es controlar la regulación sanitaria. No se puede allanar con otros fines”.

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16 Septiembre, 2020

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Sumario de Contraloría a Carabineros

Como comentó Luis Cordero, “Contraloría puede introducir sumarios en las instituciones que quiera, desde siempre. Tiene atribuciones para fiscalizar legalidad, adecuada inversión de fondos públicos, verificar funcionarios públicos que cumplan con disposiciones legales y obligaciones. Puede auditar e instruir sumarios”.

Y agregó, “los sumarios verifican si las personas han incumplido o no sus obligaciones funcionarias. Se ha confundido si mediante el sumario está evaluando el comportamiento o estrategia de la polícia en el orden publico. En concreto, verifica si han cumplido o no con sus iblgacionesy depende de la posición jerárquica en la que te encuentres”.

“El debate correcto en la actualidad, no es hablar del régimen de responsabilidad, sino, solo si Contraloría es competente o no. El resto, recién lo vamos a conocer cuando el sumario se acabe, antes es simple especulación. Lo que sí es un error, es asumir de entrada que Contraloría es incompetente”, concluyó.

Fiestas Patrias

“La norma está en el código sanitario y es una muy antigua”, explicó Cordero, y la razón es que “cuando estás en crisis sanitaria, el sistema institucional le otorga plena facultades a la autoriad”.

“Las facultades de inspección de allanamiento tiene una exigencia, si no se permite verificar las normas sanitarias, se puede requerir la ayuda de la Fuerza Pública. Y la finalidad, es controlar la regulación sanitaria. No se puede allanar con otros fines”.  Y agregó, “no necesita orden de un juez, porque es un caso que requiere de autorización de autoridad administrativa que es la Seremi de Salud”.

 

“El hecho de que necesites decreto para el allanamiento, es también un resguardo a Carabineros, porque el auxilio a la Fuerza Pública, tiene que tener un asidero”, concluyó.

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