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[audio:http://www.duna.cl/media/2015/08/osorio_af0824.mp3|titles=osorio_af0824]“Los bienes que no tienen un heredero estipulado o sanguíneo pasan a ser propiedad fiscal”.
“Cualquier persona puede denunciar esta situación y reciben un galardón, el 30% del valor líquido de los bienes”.
“Los funcionarios públicos no pueden recibir el galardón de esta denuncia”.
“Lo que hace el ministerio es cautelar que efectivamente no exista heredero alguno en la sucesión familiar”.
“De todas maneras la persona que realiza una denuncia debe dejar una garantía por 5 años en caso de que aparezca un heredero”.
Foto: La Tercera