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Plebiscito 2020: Todo lo que debes saber de la Convención Mixta y la Convención Constituyente

Plebiscito FOTO: Agencia Uno.

En el caso de aprobar la idea de cambiar la Constitución, el presidente deberá convocar a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el 11 de abril de 2021.

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24 Septiembre, 2020

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Casi un mes falta para que se lleve a cabo el plebiscito del 25 de octubre, que definirá si se aprueba o rechaza una nueva Constitución.

En esta votación se entregará una papeleta con las opciones “Apruebo” y “Rechazo”, mientras que en un segundo papel estarán las opciones “Convención Mixta” y “Convección Constituyente”.

Si se aprueba, el presidente deberá convocar a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el 11 de abril de 2021.

¿Cómo se integraría la Convención Mixta?

La Convención Mixta Constitucional estaría integrada por 172 miembros. Habrá 86 ciudadanos electos en votación popular y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno (todos los senadores y diputados en ejercicio). Los convencionales serían elegidos en los mismos distritos que se usan en las elecciones parlamentarias. La reforma constitucional definió el número de convencionales que se elegirán por distrito mediante el mismo sistema proporcional que se usa en las elecciones parlamentarias.

La paridad se aplicará -hasta ahora- solo para los integrantes electos por la ciudadanía. Es decir, habrán 43 ciudadanos y 43 ciudadanas electos por votación popular para cumplir este rol. Del mismo modo, existirán cupos especiales para integrantes de pueblos originarios.

Sin embargo, esto no quita que el Congreso decida más adelante incorporar la paridad entre sus 72 representantes.

Si triunfa la Convención Constitucional  ¿Cómo se integraría?

Serán elegidos 155 ciudadanos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en las elecciones de diputados con el mismo número de elegidos por territorio.
La composición de la Convención Constituyente será 100% paritaria, es decir, ningún género podrá tener más de un 50% + 1 de la instancia o, llevándolo a números, podrá haber un máximo de 78 hombres o mujeres electos. Adicionalmente, se destinarán cupos especiales para pueblos originarios.

¿Cómo se asegurará la paridad?

Las listas deberán presentar la misma cantidad de hombres y mujeres (en distritos impares de, por ejemplo, 7 cupos, podrán presentar 4 hombres o 3 mujeres, o viceversa), los que deberán ir intercalados en la papeleta.

¿Un convencional constituyente puede postular a otro cargo?

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

¿Cuál es el plazo de trabajo de la convención?
La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación: Se podrá prorrogar por tres meses, pero una sola vez. Quien ejerza la Presidencia de la Convención o un tercio de sus miembros pueden pedir la prórroga.

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