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Oposición pide al SII indagar actuar de Guillier al recibir pagos por trabajos en TV a través de sociedad

FOTO: Agencia Uno

Según cinco diputados de Chile Vamos, el senador habría recibido pagos a través de distintas sociedades en vez de hacerlo como persona natural, con lo que habría evadido impuestos.

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6 Enero, 2017

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Una carta dirigida al director nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, enviarán un grupo de diputados de Chile Vamos para pedir el inicio de una investigación por los 20 años en los que el senador Alejandro Guillier, habría recibido pagos por el desempeño de sus trabajos como rostro de televisión, a través de una sociedad.

Según la carta firmada por los diputados RN Paulina Núñez y Nicolás Monckeberg, y los UDI Felipe Ward y Juan Antonio Coloma, junto al independiente José Manuel Edwards, se afirma que el senador habría recibido remuneraciones “por medio de distintas sociedades y no como persona natural, tributando, en consecuencia, bajo una tasa menor que la que le habría correspondido conforme a la ley.

Así, los legisladores le expresaron al director del SII la necesidad de que se “inicie una investigación a fin de determinar si han concurrido infracciones e ilícitos penales y, en caso de existir tal convicción, le solicitamos que su servicio inicie las acciones administrativas y penales respectivas a fin de sancionar las conductas ilícitas que pudieren concurrir en la especie”.

Agregan que “como fue dado a conocer, el senador Guillier constituyó en el año 1993 la sociedad de profesionales ‘Guillier y Farga Limitada’. Dicha sociedad habría sido la que celebró diversos contratos con los canales de televisión donde el senador se desempeñó –La Red, Televisión Nacional de Chile y Chilevisión– ya sea como conductor de diversos programas de opinión e investigación, en noticiarios y como lector de noticias”.

Para los diputados, “dichas labores no pueden considerarse como meros servicios o asesorías sino como las tareas que propiamente desempeña un periodista en un canal de televisión. Por tanto, tales labores deberían –fundándonos en la primacía de la realidad– ser consideradas como propias de una relación de subordinación y dependencia cuyas rentas, según las reglas de la Ley de Impuesto a la Renta, tributan en la segunda categoría como rentas del trabajo”.

“Para estos denunciantes resulta probable que si la tributación del senador Alejandro Guillier se hubiese realizado mediante una sociedad de profesionales, pagando impuestos de primera categoría, existiría una sustantiva diferencia de impuestos que se encontrarían adeudados, sin perjuicio de la eventual concurrencia de ilícitos penales de orden tributario. Esto, pues hasta 2014, la tasa de primera categoría correspondía a un 20% y la más alta para las rentas del trabajo a un 42%”, sostuvieron.

FOTO: Agencia Uno

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