Este 1 de mayo es feriado irrenunciable: ¿Cómo funcionará el comercio?

Este jueves se celebra el Día del Trabajador, feriado irrenunciable según la Ley N° 19.973. El comercio debe cerrar desde las 21:00 del miércoles, salvo excepciones como restaurantes, farmacias de turno y estaciones de servicio.
Este jueves se conmemora un nuevo Día del Trabajador, donde, de acuerdo a la legislación nacional, este es un día declarado como feriado irrenunciable.
Así, según la Ley N° 19.973, el comercio deberá adecuarse a esta normativa, que determina cuáles locales comerciales podrán operar y cuáles no, arriesgándose a multas en caso de no acatar las reglas.
En concreto, y si bien la normativa se complementa con el Código del Trabajo y los instructivos de la Inspección del Trabajo, la Ley dispone que durante este día “los establecimientos del comercio deberán permanecer cerrados” a partir de las 21 horas del día anterior.
Pese a ello, hay algunas excepciones, dentro de las que se incluyen:
Clubes
Restaurantes
Establecimientos de entretenimiento (tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados)
Farmacias de urgencia o que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria
Establecimientos de venta de combustibles en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.
De igual manera, la norma señala que “los trabajadores que, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior, se encuentran exceptuados de los descansos allí señalados, tendrán derecho a los mismos, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin”.
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