Recién promulgada por el Presidente Boric, la renovada Ley Antiterrorista actualiza la legislación previa y se enfoca en uno de los principales problemas de la anterior, que es la inaplicabalidad, principalmente porque la ley hasta ahora exigía demostrar ánimo terrorista como único medio de prueba, cosa que ahora se expande a más aristas.
9 claves que contempla la renovada Ley Antiterrorista
1.Permitirá la persecución y sanción de integrantes de una “Asociación Terrorista” (AT), solo por el hecho de pertenecer a ella y tener planes de cometer actos terroristas, sin importar si cometen delitos o no.
2. Las penas van desde 5 años y un día hasta 15 años, dependiendo del nivel de involucramiento, y podrán sumar otras penas en caso de cometer otros delitos.
3. Sanciona también a quien provea o recolecte fondos para una AT y no forme parte de ella; así como a quienes financien la comisión de delitos terroristas individuales.
4. Sanciona los casos de terrorismo individual como amenazas; robo con violencia o intimidación; extorsión; receptación; porte, fabricación o adulteración de armas o artefactos explosivos; lavado de activos; producción o tráfico de estupefacientes; y delitos informáticos.
5. Se establece una nueva especie de delito que permite sancionar a quienes cometen delitos “comunes” como tráfico de drogas, con la intención de favorecer el funcionamiento de las AT.
6. Se establece la integración de técnicas especiales de investigación a delitos de este tipo.
7. Se agregan medidas de protección a jueces, fiscales y testigos.
8. El Ministerio de Seguridad Pública podrá querellarse y tendrá la obligación de proponer al Presidente una Estrategia Nacional de Prevención y Combate contra las Conductas Terroristas, que incluya una propuesta de reparación a víctimas.
9. Los fiscales podrán solicitar a la Corte Suprema que una determinada causa sea trasladada a un tribunal de Santiago en casos de alarma pública o de alta complejidad.