Javier Milei reduce a 18 años la edad mínima para portar armas de fuego

Foto: Agencia Uno

Este cambio se realizó sin recurrir al Congreso y actualiza una norma que data de hace más de 50 años, la Ley 20.429, vigente desde 1973

A través de un decreto, el presidente de Argentina, Javier Milei, modificó la reglamentación sobre la tenencia de armas de fuego, disminuyendo la edad mínima para su porte de 21 a 18 años.

Este cambio se realizó sin recurrir al Congreso y actualiza una ley que data de hace más de 50 años, la Ley 20.429, vigente desde 1973. La justificación oficial de la administración Milei se basa en la antigüedad de la legislación previa. 

¿Es la misma edad en todos los países de la región?

En el caso de Chile, los requisitos para poseer armas de fuego son: Ser mayor de 18 años, tener un domicilio conocido y tener conocimientos para la mantención de estas, el manejo y la conservación. Además, quienes porten este tipo de armamento no deben tener condenas por crimen o delitos simples y no haber sido sancionado por delitos sobre violencia intrafamiliar (Ley N° 19.325).

Además, para portar un arma de fuego, también se exige demostrar que su uso es para “actividades laborales u otros motivos, que acrediten que existe real peligro hacia su integridad personal”.

Brasil es uno de los países con la edad mínima más alta para la tenencia de armas, 25 años. Además, se exige justificar la necesidad real de poseer un arma, presentar documentos que verifiquen la aptitud física, psicológica y técnica, así como acreditar ocupación legal y residencia. Estos requisitos buscan garantizar que las personas sean plenamente aptas para el uso responsable de un arma de fuego.

Al igual que en Chile, la edad para poseer un arma en Uruguay es de 18 años. Sin embargo, quienes porten estas armas, deben obtener el Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (THATA). Para lo cual  se requieren documentos como un certificado de aptitud psíquica y física emitido por profesionales habilitados, así como un certificado de idoneidad en el manejo de armas, expedido por centros de capacitación autorizados. Además, se solicita una constancia de sueldo y no haber sido condenado por delitos dolosos.

Por su parte, la legislación de Bolivia, establece que se debe ser mayor de 21 años para poseer un arma de fuego. También se exigen documentos como certificado de domicilio y antecedentes penales emitidos por las autoridades competentes.

En Perú, la normativa permite la tenencia de armas a personas mayores de edad, quienes deben superar exámenes específicos y justificar la motivación para adquirir un arma de fuego. Además, los solicitantes no deben tener antecedentes penales y deben contar con aptitudes psicológicas y psicosomáticas adecuadas. La legislación también limita el número de armas a dos por persona, con la posibilidad de poseer una tercera si se justifica su necesidad.