Últimos días para pronunciarse sobre alza de planes en Isapres: ¿Cuáles son las fechas clave?
Todo esto en el contexto de la ley corta de isapres la cuál impone a las instituciones devolver los cobros extra aplicada en las tablas de factores, además de dar a conocer el alza extraordinaria a los contratos de salud.
Los próximos días son claves para los afiliados de isapres en el marco de la ley corta de isapres que obliga a las instituciones a ajustar todos los contratos de los clientes a la Tabla de Factores Única (TFU), la cuál rige desde abril desde el año 2020 y mandata a devolver el exceso de cobros, de acuerdo con el fallo de la Corte Suprema.
¿Cuáles son las fechas importantes?
Hay dos plazos que se cumplen este mes, y que tendrán un efecto concreto e importante sobre quienes están afiliados al sistema. El primero vence este viernes 29 de noviembre día en el cual los usuarios pueden pronunciarse sobre el alza extraordinaria de la prima y el 30 de noviembre es la fecha límite que tienen las distintas isapres para informar el plan especifico de pago a los afiliados, cuya devolución comenzará en diciembre.
Esto fue informado a fines del mes pasado cuando las isapres mediante correos electrónicos dieron a conocer un alza extraordinaria a los contratos de salud que está establecida en la ley corta para lograr mantener el equilibro financiero. Esta alza va desde los $9.000 a los $42.000 por beneficiario.
¿Qué pueden hacer los afiliados en estos casos?
Como se dijo anteriormente, antes del 29 de noviembre, los afiliados tienen que decidir entre tres opciones:
- Aceptar el alza y mantener su plan actual. Si no responden, se asume que aceptan.
- Elegir un plan alternativo ofrecido por la Isapre, que tenga un precio parecido al de antes del alza.
- Cancelar el contrato con la Isapre. En este caso, pueden cambiarse a otra Isapre (si la nueva acepta sus condiciones de salud) o unirse al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
El plan de pago de las isapres debe considerar los montos a devolver a cada persona afiliada, por los cobros en exceso. Asimismo, tiene que tener en cuenta el plazo máximo en que se hará la devolución y las modalidades de esta, entre otros aspectos. Según establece la normativa, el tiempo en que se restituya la deuda no puede superar los 13 años. Algunas isapres, como Colmena, ya informaron que concretarán el proceso en 10 años.
Es importante señalar que, según algunos expertos, esto podría aumentar la fuga de isapres a Fonasa.