El tema del aborto se instaló en la opinión política luego de que el Presidente Gabriel Boric anunciara, en su cuenta pública, que el Gobierno presentará un proyecto de ley de aborto legal.
Pero, más allá de aquel anuncio, el Mandatario también reveló que desde el ejecutivo se presentaron una serie de modificaciones en el reglamento de aborto en tres causales, en especial, la norma que regula a los médicos objetores de conciencia.
Esta situación también ha llevado a la polémica y voces como el exministro de Salud, Jaime Mañalich a criticar esta medida del Ministerio de Salud, que, para el médico, podría ser discriminatoria.
En concreto, la acción del Ejecutivo busca que en cada recinto de salud exista la mayor cantidad de profesionales de la salud que no sean objetores de conciencia, es decir, que sí realicen abortos.
Frente a esto, Mañalich expresó en sus redes sociales que “el cambio de Reglamento de Aborto en tres causales enviado a Contraloría merece un análisis crítico. Propone una discriminación de contratación probablemente inconstitucional”.
¿Qué dice el reglamento de aborto?
De acuerdo al texto citado por La Tercera, quienes no realicen interrupciones de embarazos deberán manifestarlo en un escrito antes de que la solicitud de aborto sea ingresado al recinto de salud llenando un formulario.
De acuerdo al reglamento enviado por el Gobierno, de esta forma “los jefes de servicios y unidades vinculados a la ginecoobstetricia tendrán acceso al listado actualizado señalado en el inciso anterior para favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de los turnos. Igualmente tendrá acceso el personal administrativo que participe en la distribución y asignación de la atención de salud”.
Pero uno de los puntos que ha generado polémica es el que indica: “El establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo”.
De igual manera, el escrito subraya que los centros médicos deberán contratar personal “idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación”.