EN VIVO

Duna

Sonidos de tu Mundo

DUNA TV
PODCAST
Duna en Punto
22 Noviembre
Terapia Chilensis
21 Noviembre
Nada Personal
21 Noviembre
Aire Fresco
21 Noviembre

Plazo máximo para pagar la deuda aumenta a 13 años: Las nuevas indicaciones del gobierno a la Ley Corta de Isapres

Ley corta de isapres FOTO; Agencia Uno,

Las aseguradoras las deberán presentar a la Superintendencia de Salud un plan de pago y ajustes.

Por:

8 Mayo, 2024

Suscríbete a este programa

Este miércoles el gobierno ingresó el último paquete de indicaciones respecto a la ley corta de isapres, a días de que se aplique el fallo de la Corte Suprema que es el 12 de mayo.

Entre a las indicaciones están que el plazo máximo para la devolución de la deuda de las isapres aumenta de 10 a 13 años (originalmente se había discutido subirlo a 12); que respecto del Consejo Consultivo se plantea un nuevo mecanismo para reducir el tiempo del proceso de los nombramientos; o que el plazo máximo para pagar a las personas mayores se 64 años baja de 72 meses a 60 meses y para los mayores de 80 años se mantiene en 24 meses.

En el texto ingresado por el Ejecutivo enuncia que ahí se propondrá “la forma y modo de resolver las divergencias surgidas entre ambas cámaras durante la discusión del proyecto”.

El documento señala que dentro del plazo de un mes contado desde la publicación de la circular, prorrogable por una única vez por un mes, las isapres deberán presentar a la Superintendencia de Salud un plan de pago y ajustes, el cual deberá incluir, lo siguientes:

  1. Al menos, una propuesta de devolución de la deuda
  2. Una propuesta de reducción de costos de la institución
  3. Una propuesta para incorporar en todos los contratos que administre la institución una prima extraordinaria por beneficiario.

Las isapres podrán ofrecer devolver dichos montos a las personas afiliadas en forma de excedentes, pero que alternativamente las aseguradoras “siempre podrán ofrecer acelerar el pago de la deuda y pagar parcialmente o la totalidad de la deuda en efectivo directamente a las personas cotizantes”, así como que el cotizante podrá solicitar, a su voluntad, el pago anticipado de la deuda o una parte de ella mediante un pago único acordado entre las partes.

 

SUSCRÍBETE A NUESTRO NEWSLETTER

ENTREVISTAS, NOTICIAS Y PODCAST