A partir del 1 de agosto de este año comenzará a regir la ley 21.643, o mejor conocida como Ley Karin, la reforma más importante del último tiempo en materia de acoso laboral.
Y es que en el último tiempo, se ha puesto sobre la mesa la importancia que de las y los trabajadores pudieran tener una mayor defensa de sus derechos frente al acoso y al abuso laboral de los empleados.
En este sentido, una encuesta del año pasado indicó que el 70% de los trabajadores aseguró que ha sido víctima de acoso laboral, donde la mitad afirmó haber recibido maltrato verbal o escrito.
Para esto, la reforma trae consigo una serie de modificaciones al Código del Trabajo para intentar disminuir estos hechos.
Los cambios con la Ley de Acoso Laboral
Quizá uno de los principales cambios que traerá la puesta en marcha de esta reforma es que para que un hecho sea catalogado como acoso laboral esto se puede ejercer solo una vez.
A diferencia de la legislación actual, donde los episodios se tendrían que repetir reiteradas veces para incluirse en este delito.
Además, el presidente del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Matías Rodríguez, comentó a La Tercera que otra de las novedades de esta reforma es que ahora para que una persona sea víctima de acoso laboral ya no es necesario que el o la que lo ejerce no necesariamente debe ser parte de la empresa, es decir, también pueden ser clientes, proveedores, etc.
Para esto, resalta, se mejorarán los procesos de investigación para determinar si hubo o no acoso laboral, donde también se implementará un protocolo universal para prevenir estos hechos.
Además, las acciones que serán catalogadas como acoso laboral se amplía y específica, como, por ejemplo, no dejar hablar a un empleador, aislar a un trabajador de sus compañeros, poner en duda las capacidades de alguien sin justificación ni respeto, dar instrucciones incorrectas, quitar tareas injustificadamente u obligarlo a realizar algo sin su conciencia, conocimiento o una acción que sea denigrante para el empleado.
Todas estas situaciones, de acuerdo a lo indicado a La Tercera por el académico de Derecho de la U. de la Serena y experto en la materia, Germán Solís, serán catalogadas como causales de acoso laboral.
Vida privada
Otra situación que cambia a partir de esta reforma, es que las situaciones que son catalogadas como acoso laboral no necesariamente deberán ocurrir en el trabajo. En este sentido, realizar llamadas constantes y acosadoras fuera del horario laboral también será penalizado.
De igual forma, hablar constantemente mal de la vida privada de una persona con los demás trabajadores, criticarla persistentemente o atacarla reiteradamente también será catalogada como acoso laboral.
Por otro lado, de acuerdo a la reforma, las condiciones de salud mental deben mantenerse en privado y a menos de que el empleado lo autorice, estas situaciones nunca pueden revelarse en público.
Es importante señalar que no solo los jefes o superiores están bajo estar norma, sino que todos los trabajadores pueden ser responsables de estos malos comportamientos.
En este sentido, para que un hecho sea catalogado como acoso o abuso laboral deberá ser investigado por la empresa y ratificado por la justicia.
Algo a considerar es que si bien la nueva normativa no incluye a los practicante o pasantes como personas que pueden acogerse a esta instancia, actualmente el Código del Trabajo tiene una serie de derechos sobre estas personas.
En este sentido, Matías Rodríguez, afirma que “siguiendo el mismo criterio, no veo razones para que la regulación de la Ley Karin no se aplique a ellos”.
Protección a trabajadores
Complementario a las situaciones que a partir de ahora serán catalogadas como acoso o abuso laboral, ahora los trabajadores tendrán algunos derechos, mientras que los empleadores deberán cumplir ciertas obligaciones.
Por ejemplo, cada empresa deberá dar a conocer a sus trabajadores los protocolos ante una situación de acoso laboral, capacitar a sus empleados para evitar este tipo de situaciones y entregar asistencia de contención, incluida psicológica, a cada persona que denuncia uno de estos hechos.
Sumado a ello, los denunciantes deberán garantizar su total privacidad durante el proceso de investigación, obligando a las empresas a cumplir estas medidas. En este sentido, la Inspección del Trabajo tendrá la facultad de tomar acciones en caso de que durante esta instancia se identifican causales de acoso.
Además, a partir de ahora, las denuncias no serán necesariamente mediante un escrito, ya que también podrán ser orales. Para realizar estas acusaciones no es necesario contar con un abogado, a menos que se quiera llevar a la justicia.
Por su parte, los empleadores deberán tomar todas las medidas necesarias para que los casos de acoso laboral no se repliquen en sus empresas. En caso de que estos hechos sean denunciados investigarlos correcta y rápidamente e incorporar perspectiva de género en estas situaciones.
En caso de que sea necesario, las empresas tendrán 15 días para tomar determinaciones una vez iniciada la investigación por una denuncia de acoso laboral.