La polémica por el otorgamiento de pensiones de gracia a supuestos afectados de excesos policiales durante el estallido social de 2019 genera un nuevo dolor de cabeza para el Gobierno. Esta vez, la Contraloría identificó una serie de irregularidades en la entrega de estos beneficios.
En concreto, la entidad fiscalizadora descubrió que 58 de las 419 personas beneficiadas con una pensión de gracia por esta situación se encuentran condenadas por delitos como “estafa, tráfico y microtráfico de estupefacientes, producción de material pornográfico infantil, abuso sexual, robo con violencia, homicidio, lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, entre otros”.
Además, la Contraloría identificó que “se tuvo a la vista (para el otorgamiento) antecedentes que dan cuenta de beneficiarios que tienen más de 10 condenas” y que “el haber contado oportunamente con la información advertida pudo ser útil para evaluar tanto la aprobación del beneficio, como las condiciones para su otorgamiento”.
La responsabilidad del INDH
En este sentido, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) sale apuntado como uno de los principales responsable de estas irregularidades, ya que el informe da cuenta que 19 expedientes de los beneficiados con estas pensiones no presentaron antecedentes médicos para comprobar su situación o en su defecto “correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019″.
Además, la Contraloría dio cuenta de que estos documentos fueron presentados por la DAS a la Comisión Especial Asesora “a pesar de que la falta de antecedentes o las deficiencias de aquellos no permitían respaldar el análisis y evaluación efectuado por ese departamento respecto del grado de lesiones y menoscabo laboral de los postulantes a las pensiones de gracia autorizadas en las glosas 12 y 15 de la ley de presupuestos para el año 2022″.
Por esto, la entidad acusa que el INDH “no realizó indagaciones adicionales a los documentos entregados inicialmente por la víctima, para verificar los hechos relatados, situación que resulta relevante, pues el DAS, de la Subsecretaría del Interior, tampoco efectuó una verificación adicional de la información que remite en cada expediente ese Instituto”.
Desde Teatinos 56 apunta a que todo esto no cumple con “los principios de control, eficiencia, eficacia y responsabilidad previstos” y solicitó al INDH verificar “la existencia de antecedentes complementarios relativos a los 10 casos objetados, que respalden los relatos que dieron origen a la acreditación de los postulantes por parte del Instituto, remitiendo dichos antecedentes al DAS e informar a esta Contraloría General en el plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción de este documento”.
Documentos sin firmar
Otra de las irregularidades que identificó la Contraloría es que en el documento “Flujo Postulación Pensión de Gracia INDH 2022″, donde se categorizan las lesiones sufridas por los beneficiados no fue aprobado formalmente “ni da cuenta, además, de la decisión de la autoridad de establecer un incremento de pensiones otorgadas con anterioridad a dicha definición”.
“Además de no existir una instrucción formal para incrementar las pensiones de gracia que habían sido otorgadas conforme a la categorización original, no se evidenciaron antecedentes de respaldo que den cuenta de una nueva instancia de reclasificación de la gravedad de los casos en cuestión para otorgar tal aumento, pues las actas de las sesiones de la Comisión Asesora en las que estos se concedieron no establecen los antecedentes tenidos a la vista para fundar su decisión”, se lee en el documento.
Como conclusión, el organismo fiscalizador, dispuso que esta situación “contraviene los principios de transparencia, control, eficiencia y eficacia previstos en los artículos 3°, inciso segundo, y 5° de la ley N° 18.575.
Medidas de la Contraloría
Tras esto, la Contraloría determinó que el INDH debe “adoptar las medidas tendientes a evitar que se otorguen incrementos en los montos de las pensiones de gracia que no se encuentren determinados en instrucciones formales previas y en antecedentes que den cuenta de la pertinente reevaluación de cada caso que fundadamente dan lugar a modificaciones de pensiones de gracia, debiendo informar a este Ente Contralor las acciones de control adoptadas, en un plazo de 30 días hábiles contado desde la recepción de este documento”.
Además, solicitó a la subsecretaría del Interior en un plazo de 60 días hábiles entregar los decretos que se entregaron y los pendientes, además de que “incorpore de manera obligatoria la revisión de antecedentes penales de los postulantes a una pensión de gracia, en un plazo de 30 días hábiles contado desde la recepción del presente informe”.