El 19 de enero de 2024 entrará a Contraloría el reglamento de la ley que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros o más conocida como “Ley Uber”.
Si bien la normativa fue promulgada en abril del presente año, el Ministerio de Transportes debe esperar que pase este trámite legal, el cual podría retrasar la puesta en marcha de la iniciativa.
La medida busca igualar las condiciones entre las empresas de aplicaciones de transporte -tales como Uber, Didi y Cabify- y los taxis, a los conductores se les solicitaría cumplir con una serie de requisitos para poder continuar trasladando a personas.
De esta forma, la normativa implicará una serie de condiciones para los choferes y sus respectivos vehículos, las cuales van desde la cilindrada hasta el tipo de licencia que deberán tener los choferes.
Los requisitos para conductores y vehículos
- El vehículo inscrito deberá tener como mínimo una cilindrada de 1.4 litros
- En los primeros seis meses de su entrada en vigencia, sólo los vehículos de máximo 7 años de antigüedad podrán ser inscritos para trasladar pasajeros
- Los conductores tendrán que tener licencia clase A2
- Cumplir con las exigencias de seguridad, de antigüedad, técnicas y tecnologías que se definan en el reglamento
- Tener giro de transporte remunerado de pasajeros y haber iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
- Contar con seguros para los vehículos, conductores, pasajeros y terceros para cubrir los riesgos, cuyos montos mínimos de cobertura y condiciones serán determinados mediante el reglamento
- Asimismo, los vehículos regidos por esta ley deberán cumplir con la aprobación de la revisión técnica cada seis meses.
Entre las críticas a la Ley Uber está que según el informe del OCEC-UDP, 35.992 personas podrían verse afectadas. De ellas, 18.787 son chilenos y 17.135 extranjeros. En resumen, el documento asegura que el borrador del reglamento implicaría que el 88,9% de los conductores de aplicaciones de transporte no podrían seguir trabajando en ellas.
Ante este escenario, en conversación con Emol TV, Jorge Daza, ministro (s) de Transporte, aseveró que en el periodo en que la ley entre en vigencia, es tiempo suficiente para que las aplicaciones se adapten con las nuevas exigencias.
La autoridad sostuvo que desde que se publicó la ley en abril de 2023, hasta que entre plenamente en vigencia, es decir, después de los nueve meses del reglamento, el trámite en la contraloría, los seis meses posteriores al poblamiento, y los 12 meses que va a otorgar la ley para las licencias de conducir profesionales, van a pasar tres años.
“Entonces, en esos tres años, la industria perfectamente se puede adaptar a lo que indica, por un lado, la ley. Esto de las licencias de conducir profesionales o las condiciones técnicas de los vehículos”, manifestó.
Además, aseveró que “creemos que la industria se puede adaptar. Y por eso es que decimos que aprovechemos mejor este espacio (…) para adaptarnos a las condiciones que estableció la ley, más que estar discutiendo algo que ya está formalizado con la propia ley”.