Presupuesto 2024: gobierno pidió autorización de deuda por un 24% más que 2023
Además, se pretenderá mantener la deuda pública menor al 45% del PIB.
Esta semana se inició oficialmente el debate por la Ley de presupuesto 2024, en este sentido, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, y la directora de Presupuestos, Javiera Martínez, serán los encargados de liderar las negociaciones y de explicar la propuesta del Gobierno.
Es por eso que en el Congreso ya se comienza a revisar el contenido de dicho documento. En concreto, el Presupuesto presentado por Hacienda propone un aumento en el gasto público en un 3,5% respecto al 2023.
Además, se pretenderá mantener la deuda pública menor al 45% del PIB, es por eso que el monto que pedirá autorización el Ejecutivo en este punto llega a los US$21.000 millones.
Este monto se divide en dos: U$19.500 millones para el endeudamiento que se incluye en los ingresos generales y US$1.500 millones para pagar obligaciones en el país o en el exterior. Esto implica un incremento de un 24% respecto a lo presentado en 2023.
Las implicancias de la propuesta
Es en este punto donde se hace más clara lo que el ministro Marcel había prometido respecto a una mayor austeridad y mayor control en el gasto público, ya que aquí se realizan ajustes en las compras de pasajes y el número de integrantes de comitivas en los ministros de Estado.
Las empresas del Estado y en las que el Fisco mantenga una participación de un 50% o más deberán aplicar en lo pertinente estas disposiciones, además, las instituciones que dependan del Ejecutivo o Hacienda están obligadas a hacerlo.
Algunos puntos que allí se tratan son:
- Las visitas de Estados donde asistan autoridades de Gobierno y del Congreso serán catalogados como comisiones de servicio, por lo que no habrá duplicidad en el pago de viáticos.
- Se regularizarán el gasto en arriendo de infraestructura al realizar actividades oficiales.
- Los servicios públicos estarán obligados a ejecutar gestiones para recuperar subsidios por licencias médicas.
- Respecto al traspaso de fondos fiscales a instituciones privadas “se establece el deber, salvo norma en contrario, de que la asignación sea a través de un proceso concursal, así como los casos excepcionales, asignación directa en que se permitirá la de recursos. Del mismo modo, se estipula la necesidad de la suscripción de convenios en forma previa a la realización de estas transferencias”.
- Se distinguen los requisitos generales para hacer convenios de aquellas que se realizan a ejecutoras de recursos o programas públicos.
- Respecto a la restitución de fondos que se hayan realizado por transferencias, se dispone que estos se realicen sin tener que ser obligación la suscripción del convenio, sin perjuicio de lo dispuesto en las glosas de Presupuesto o la Ley y los jefes de servicios.
- Se disponen normas de probidad, donde se señala la obligación de que los y las funcionarios públicos se abstengan ante procesos de concursabilidad, adjudicación o suscripción de convenio.
- Se permite que convenios con organismos públicos puedan ser financiados con cargo a las asignaciones presupuestarias del presupuesto de 2024.