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Proyecto de usurpaciones se aprueba con polémico artículo de “legítima defensa privilegiada”

FOTO: Agencia Uno.

Durante el debate en la Cámara de Diputados, intervino la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, cuestionando la disposición de “legítima defensa privilegiada”, que incorporó la oposición y permitiría a civiles poder recuperar “por mano propia” (según describen en el gobierno) sus terrenos ocupados.

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29 Agosto, 2023

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Con modificaciones, pero manteniendo el polémico artículo de “legítima defensa privilegiada”, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de usurpaciones. La iniciativa avanzó por  73 votos a favor, 63 en contra y cinco abstenciones.

Tras esto, el proyecto vuelve al Senado para su discusión en tercer trámite constitucional.

Durante el debate en la Cámara, intervino la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, cuestionando la disposición de “legítima defensa privilegiada”, que incorporó la oposición y permitiría a civiles poder recuperar “por mano propia” (según describen en el gobierno) sus terrenos ocupados.

“Como Gobierno no vamos a permitir una ley de usurpaciones que permita enfrentamientos. El proyecto que está en el Congreso busca proteger a las personas que les usurpan sus bienes, y para eso es fundamental avanzar con las herramientas del derecho, no del salvajismo”, señaló Tohá en su cuenta en X.

“Habilita a causar cualquier daño al autor del delito. Esa es la legítima defensa privilegia. O sea, aquí se pueda actuar en cualquier plazo, se puede recurrir a terceros y se puede causar cualquier daño. Si eso no es autotutela, si eso no es ley de la selva”, planteó la ministra.

“El Ejecutivo está de acuerdo en endurecer las penas, pero no es lo mismo saltarse una reja que amenazar a alguien con una pistola; no está de acuerdo con que se arme un lote de gente con palos o armas a hacer justicia por sus propias manos”, sostuvo Tohá.

 

Ley de Usurpaciones: el único triunfo del Gobierno

La única propuesta aprobada del gobierno fue la que tiene relación con el Catastro Nacional de Campamentos.

Hasta ahora, el proyecto planteaba la imposibilidad de detener a quienes, habitando un terreno ocupado, se encuentren en el Catastro Nacional de Campamentos de 2022. Ante ello, el Ejecutivo logró extender esta condición hasta el 2024.

“No podrá ser detenida (…) la persona que estuviere imputada por alguno de los delitos descritos en los artículos 457, 458 o 458 bis del Código Penal si se encontrare ocupando un inmueble que forme parte de un campamento incluido en el Catastro Nacional de Campamentos elaborado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo vigente al 1 de marzo de 2024”, señala la única enmienda aprobada.

Asimismo, agrega que “entre la fecha de publicación de la presente ley y el 1 de marzo de 2024 regirá el Catastro Nacional de Campamentos vigente, para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior”.

 

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