Hasta ahora son 125 personas de altos patrimonios que han cambiado su domicilio tributario
De acuerdo con el SII, de ese total, 35 quedarían bajo el nuevo impuesto a la riqueza.
La reforma tributaria pasó una importante valla esta semana. La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados la aprobó y despachó a la sala. La iniciativa que se votará el 6 y 7 de marzo incluye un artículo que a la oposición y a la mayoría de los expertos preocupa: El impuesto a los altos patrimonios. Esto porque aseguran que no recaudará lo que se proyectó y genera problema en su implementación y fiscalización.
A este nuevo tributo quedarán sujetas las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, por su patrimonio, tanto en el país como en el extranjero, que exceda las 6.000 UTA, esto es unos US$5 millones.
Durante el debate legislativo, el gobierno le ingresó algunas indicaciones. Entre ellas, se eliminó el impuesto de salida para aquellos contribuyentes que pierden el domicilio, pero se mantiene la obligación de informar para quedar excluido del impuesto. Asimismo, se precisó la redacción para establecer normas más simples, sin perder la correcta determinación del patrimonio. Y se propuso un límite a la carga tributaria del 50% sobre los ingresos que consideren las tasas efectivas de impuesto a la renta y del impuesto al patrimonio.
Sin embargo, estos cambios no calmaron las críticas. Y una de las preocupaciones que levantaron los expertos era que, con este tipo de impuestos, las personas de altos patrimonios podrían comenzar a pensar en cambiarse de domicilio tributario.
Si entre noviembre de 2021 y agosto de 2022, 158 contribuyentes habían avisado al Servicio de Impuestos Internos (SII) que iniciarían el proceso de cambio de domicilio tributario, ahora, entre noviembre de 2022 al 23 de enero de este año, esa cantidad subió a 403, es decir, hubo un alza de 155% desde agosto a enero. Al desglosar esa cifra, el SII detalla que, de ese total, 125 son contribuyentes de altos patrimonios, de ellos, 35 quedarían bajo el nuevo impuesto a la riqueza. En agosto eran 13 los que tenían esa categoría.
Andrés Martínez, socio Líder de Consultoría Tributaria de KPMG Chile, comentó a La Tercera:
“La tendencia al alza se da más que nada por el clima de inestabilidad político, social y económico que ha vivido el país en los últimos años, lo cual ha llevado a que algunos contribuyentes busquen algo de protección de sus patrimonios en países donde hay ambientes amigables con la inversión extranjera”. En ese contexto, acota que “el impuesto al patrimonio no ha contribuido a restablecer el clima de confianza en el país, sin embargo, no ha sido tampoco el factor principal para que los contribuyentes hayan decidido realizar el cambio de domicilio”.
Qué se debe hacer
Desde el SII aclaran que se debe tener claro que técnicamente los contribuyentes no hacen una solicitud de cambio de domicilio, sino que es un aviso a la Administración Tributaria de la aplicación del art. 103 de la LIR, que es un proceso de declaración de impuestos mediante la cual el contribuyente que prevé que perderá su domicilio o residencia debe declarar el Impuesto Global Complementario devengado antes de ausentarse del país.
Esta declaración debe realizarla directamente el contribuyente en la página de internet del Servicio, www.sii.cl, menú “Peticiones Administrativas y otras Solicitudes” donde debe adjuntar varios documentos, entre ellos, la determinación del impuesto proporcional, junto con los antecedentes de respaldo de su declaración de impuestos, documentos que respalden el nuevo domicilio del contribuyente en el país extranjero y una carta explicativa que fundamente su pérdida de domicilio y residencia.