Este fin de semana se celebrará la llegada de un nuevo año, festejo que luego de dos años no tendrá restricciones sanitarias ni de aforo debido a la pandemia de Covid-19.
El sábado 31 de diciembre el comercio podrá funcionar, pero cerrará de manera anticipada, ya que por tratarse de la previa a un feriado irrenunciable no pueden operar más allá de las 20:00 horas.
Respecto del domingo 1 de enero de 2023, al ser feriado irrenunciable y obligatorio para los trabajadores del comercio, no podrán operar los malls, supermercados ni el comercio en general, salvo excepciones, como los locales atendidos por sus propios dueños.
El lunes 2 de enero, en tanto, el comercio podrá volver a operar con normalidad, pero con los horarios que tienen estipulados para los festivos, por lo que se recomienda visitar los sitios web o redes sociales de cada recinto, debido a que podría haber modificaciones.
¿Cuáles son los horarios de los supermercados?
Este fin de semana, las principales cadenas de supermercado funcionarán en los siguientes horarios:
Walmart
- Lider y Central Mayorista: 31 de diciembre cierran a las 18:00 horas. Más detalles aquí.
- Express de Lider y aCuenta: 31 de diciembre cierre a las 18:30 horas. Más detalles aquí.
Jumbo
- Sábado 31 de diciembre cierran a las 18:00 horas. Más detalles aquí.
Santa Isabel
- Sábado 31 de diciembre cierran a las 18:30 horas. Más detalles aquí.
Tottus
- Sábado 31 de diciembre: cierre a las 18:30 o 19:00 según el local. Más detalles aquí.
Unimarc
- Sábado 31 de diciembre: cierre a las 18:30 horas. Más detalles aquí.
¿Qué puede funcionar el 1 de enero?
Los recintos que sí pueden funcionar durante los feriados irrenunciables, como el próximo domingo 1 de enero, son los siguientes:
- Aquellos que son atendidos por sus propios dueños, como almacenes de barrio.
- Clubes.
- Restaurantes
- Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles.