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Reforma Tributaria: Las 27 indicaciones que detalló Mario Marcel

Mario Marcel FOTO: Agencia Uno.

Si bien esto provocaría una menor recaudación de la presupuestada, el secretario de Estado sostuvo que podría ser compensado por una mayor inversión.

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14 Septiembre, 2022

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El ministro de Hacienda, Mario Marcel, se refirió a las indicaciones que se están elaborando para la reforma tributaria, sobre lo que reconoció que éstas podrían afectar la cantidad de dinero que recaude.

“De estas 27 indicaciones, hay cuatro de ellas que corresponden a las medidas pro inversión que se anunciaron ayer, incluyendo el fondo de US$500 millones de créditos tributarios para inversiones con alto efecto multiplicador”, dijo el secretario de Estado.

Además agregó que se ha trabajado en estas propuestas en conjunto con la mesa técnica integrada por los asesores de los diputados y diputadas de la Comisión, y los asesores tributarios de la cartera encabezados por la subsecretaria Claudia Sanhueza.

Nuevo panorama

Si bien el jefe de la billetera fiscal afirmó que con esto se podría reducir la recaudación desde un 4,1% del PIB que se tenía estimado, hasta un 3,6%.

Sin embargo, Marcel estimó que esta baja –equivalente a US$1.700 millones-, sea compensada por un mejor desempeño económico debido a las mayores inversiones que se estiman sean impulsadas por las nuevas medidas proinversión que contemplan las indicaciones, las que agregarían US$350 millones, así como por un menor gasto en intereses por parte del sector público de US$1.200 millones.

“Ese medio punto que, más o menos se refleja en los años previos, el 2024, 2025, 2026, más o menos corresponde a medio punto la pérdida o la menor recaudación producto de este conjunto de indicaciones, incluyendo aquellas que buscan estimular la inversión. Ahora, ¿cómo se puede compensar esto? hay dos factores que nos van a ayudar a compensar esta menor recaudación: uno de ellos es el hecho de que al tener estos incentivos a la inversión, esa mayor inversión va a permitir un mayor crecimiento sobre todo en los años intermedios, 2023, 2024, y eso nos va a ayudar más o menos en una décima del producto”, manifestó dijo el ministro.

Conoce cuales son las indicaciones a continuación:

Incentivos a la inversión

1. Ley para proyectos de inversión con efecto multiplicador y verde. Se crea un fondo de créditos imputables a IDPC por US$ 500 millones que serán asignados a proyectos de inversión que tengan un alto efecto multiplicador.

2. Depreciación semi instantánea. Se toma como base la norma aprobada en la ley 21.210, con un beneficio especial durante 2023.

3. Contratos de leasing. Se elimina la modificación aprobada en el mes de enero (ley 21.420), por ello los contratos de leasing mantendrán su régimen tributario.

4. Pérdidas tributarias. se amplía la gradualidad del uso de pérdidas tributarias como un gasto del ejercicio.
-Un 80% en 2025
-Un 65% en 2026
-Un 50% en 2027

Agenda anti elusión y evasión

1. Norma general antielusiva. Se establece un procedimiento especial para la calificación administrativa con medidas como el procedimiento de fiscalización será siempre con audiencia del contribuyente; la decisión será de un cuerpo colegiado (subdirectores) que deben resolver por unanimidad, etc.

2. Responsabilidad Tributaria. Existirá un registro público donde ingresarán empresas que cuenten con una certificación por un tercero señalando que sus operaciones y estrategias fiscales cumplen el concepto de sostenibilidad fiscal.

3. Secreto Bancario. se mejora el procedimiento que permite levantar información de las cuentas de los clientes.

4. Norma de fiscalización. Se hacen precisiones sobre en qué condiciones el contribuyente tiene garantía de no volver a ser fiscalizado por operación ya revisadas por el SII.

5. Norma de tasación. Se precisa que tanto las reorganizaciones nacionales como internacionales gozan de neutralidad tributaria siempre que cumplan requisitos legales.

6. Control de informalidad mediante procedimientos para que las guías de despacho físicas (sector forestal) sean reemplazadas por digitales, y mayor fiscalización en carretera, entre otros.

7. Denunciante anónimo. Se mejora redacción y procedimiento.

8. Prescripción extraordinaria. Se mejora redacción en el sentido de acotar el alcance a contribuyentes que tengan la intención de ocultar información al SII.

Nuevo sistema de impuesto a la renta

1. Tributo a diferimiento de impuestos personales. La base imponible será el 22% de las utilidades acumuladas con impuestos personales pendientes, siempre que estén registradas en sociedades pasivas, con una tasa de 2,5%.

2. Dividendos entre sociedades. Se aclara que solo cuando una sociedad en régimen general recibe un dividendo desde una pyme deberá ingresarlo a su renta líquida imponible de forma de hacer compatibles ambos regímenes. Esto permite la utilización del crédito con que viene el dividendo y evitar una doble tributación.

3. Créditos por impuestos pagados en el exterior, siempre que el contribuyente pueda acreditar la trazabilidad.

Pagos a paraísos fiscales.

Se incorpora una norma de control que establece que no serán deducibles los gastos que tengan como destino servicios prestados desde un país que califique con un régimen preferencial.

4. Gasto presunto en arriendo. Las personas que declaren ingresos por arriendos tendrán derecho a deducir como gasto el equivalente al 10% de los ingresos declarados.

5. DFL-2.: Los adultos mayores cuyos ingresos (excluidos los arriendos) estuvieren en el tramo exento o en el segundo tramo de impuestos personas, considerarán como un ingreso no renta aquellos que provengan de DFL-2, con un tope de 1 millón de pesos.

6. Zona Franca. Se realizarán revisiones y ajustes a esto regímenes preferenciales.

Régimen pyme

1. Se establece una gradualidad en el término del beneficio temporal de tasa reducida con
ocasión de la pandemia.
-15% por el año 2023
-20% por el año 2024
-25% por el año 2025

2. Renta presunta. Se establecen mejoras al mecanismo de tránsito para quienes abandonan el régimen de renta presunta y pasen el régimen transparente.

3. Pago de deudas. Se amplía el beneficio de pronto pago señalando que los convenios con condonación de multas e intereses tendrán un máximo de pie de un 5% de la deuda (puede ser menor) y de una duración de hasta 18 meses (El PdL considera 12 meses).

4. Incentivo a la formalización. Se amplía este incentivo que permite un apoyo a los emprendimientos nuevos e incentiva la formalización.

Impuesto al patrimonio

1. Exit Tax. Se acuerda eliminar el impuesto de salida de 5% para aquellos contribuyentes que pierden domicilio.

2. Valoración de activos. Se revisará la redacción para establecer normas más simples sin perder la correcta determinación del patrimonio.

3. Límite de carga tributaria. Siguiendo la experiencia de otras jurisdicciones se propondrá un límite a la carga tributaria sobre los ingresos que considere las tasas efectivas de impuesto a la renta y del impuesto al patrimonio.

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