Durante la noche del miércoles se votaron en el pleno de la Convención Constitucional las normas de la Comisión de Sistemas de Conocimiento que habían sido rechazadas en una primera instancia.
Estas son las que obtuvieron mayoría simple (sobre 78 votos) por lo que volvieron a sus comisiones para ser perfeccionadas.
Entre los artículos aprobados se encuentra el n°1, que consagra el “derecho a la comunicación social”, el cual ahora aprobado con 110 votos. “Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información”, sostiene.
También se aprobó el artículo 3, que está relacionado a la “concentración de la propiedad de medios”, y que consiguió 112 apoyos.
Establece que “el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información”, y garantiza que “en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos”, dejando claro que “corresponderá a la ley el resguardo de este precepto”.
Otro de los aprobados es el primer inciso del artículo 4, sobre la “promoción de medios de comunicación e información”, el cual consagra que “el Estado fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario”.
Sin embargo, el segundo inciso que apuntaba a que “el Estado garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas preexistentes a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas”, fue rechazado.
Por otro lado, el artículo 9 fue aprobado de forma parcial, con algunos incisos que fueron aprobados y otros rechazados.
🟣 VOTACIÓN PLENO | Informe de Reemplazo Sistemas de Conocimiento | Se APRUEBA EN PARTICULAR el Numeral 1 del Inciso 1, Artículo 9
🗳 ¡El numeral pasa al borrador de la #NuevaConstitución!
✅ A favor: 138
❌ En contra: 3
⚠️ Abstención: 8 pic.twitter.com/boJXONeVmg— Chile Convención (@convencioncl) March 17, 2022