Tal como se había anunciado, el presidente Sebastián Piñera decretó estado de excepción en la Macrozona Sur.
🔴 Presidente Piñera: “Hemos decidido decretar Estado de Excepción en la Macrozona Sur por grave alteración del orden público”
Tendrá una duración de 15 días y podrá ser prorrogado 15 días más pic.twitter.com/IbkwbqIvWL
— Radio Duna (@RadioDuna) October 12, 2021
🔴 Presidente Piñera: “Hemos decidido decretar Estado de Excepción en la Macrozona Sur por grave alteración del orden público”
Tendrá una duración de 15 días y podrá ser prorrogado 15 días más pic.twitter.com/IbkwbqIvWL
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La medida regirá en las provincias de Malleco y Cautín, en La Araucanía, y en la provincia de Biobío y Arauco, en la región del Biobío.
“Este Estado de Excepción Constitucional de Emergencia contempla la designación de jefes de la defensa nacional y tendrá una duración de 15 días que puede ser prorrogada por 15 días adicionales de acuerdo a lo que establece la Constitución y la Ley”, agregó.
Asimismo, dijo que “las Fuerzas Armadas podrán prestar apoyo logístico, tecnológico, de comunicaciones y de vigilancia, patrullaje y transporte a todos los procedimientos policiales que se desarrollen en las provincias en que se ha declarado Estado de Excepción”.
¿Cómo funciona el Estado de Excepción?
El Estado de Excepción implica una alteración de la situación de normalidad y regularidad de los derechos y libertades de las personas garantizadas por la Constitución por razones extraordinarias y graves, con el objeto de proteger otro bien mayor.
Los estados de excepción habitualmente tienen una duración limitada y pueden cesar anticipadamente una vez que el riesgo o peligro se ha subsanado.
Dentro de los estados de excepción se encuentra el de emergencia, cuya declaración solo le corresponde al Presidente, tiene una duración máxima de 15 días aunque se puede prorrogar por otros 15 días. Para otras prórrogas se necesita acuerdo del Congreso.
Una vez declarado este Estado de emergencia, las zonas designadas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de Defensa Nacional. Este es también designado por el Presidente de la República, quien tiene como obligaciones asumir la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale.
También, puede asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona, además de controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella.