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¿Tienen inmunidades o están inhabilitados para ciertas cosas?: Cómo será el trabajo de los constituyentes

convención constituyente Foto: Agencia Uno.

Según Ciper, de los 155 convencionales, 37 tienen participación “en sociedades comerciales dedicadas a asesorías jurídicas y financieras” y unos 21 no transparentaron la existencia de sociedades comerciales en sus declaraciones de patrimonio.

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22 Junio, 2021

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El presidente Sebastián Piñera anunció que el domingo 4 de julio se llevará acabo la primera sesión de la Convención Constituyente.

A pocas semanas que comience la discusión de la próxima Constitución una de las dudas que ha generado el proceso es si los constituyentes unas dudas acerca del proceso es si los constituyentes tienen  inmunidades o están inhabilitados para ciertas cosas.

En conversación con Ciper, el ex senador y miembro de la convención, Felipe Harboe, señaló que “por ahora soy abogado y como tal debo vivir de mi profesión”.

Esto tras la publicación de un reportaje donde se da cuenta de su vínculo con el abogado y lobista Darío Calderón, con quien mantiene una sociedad a través de la cual realiza asesorías. Sobre posibles conflictos de interés en la convención y el tipo de asesorías que realiza, el exsubsecretario señaló: “Obviamente, nada que sea inhabilitante”.

¿Qué puede y no hacer un constituyente electo?

Tal como consignó La Tercera, el cargo de convencional constituyente no es de dedicación exclusiva. Al menos, no se dejó establecido nada al respecto en la reforma al capítulo XV de la actual Constitución y que habilitó el proceso constituyente ya en marcha. Sin embargo, en el reglamento que tendrán que discutir al comienzo de la convención, los integrantes de esta podrían modificar el punto.

Los constituyentes están afectos a la ley que versa sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés y también a la ley que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Según Ciper, de los 155 convencionales, 37 tienen participación “en sociedades comerciales dedicadas a asesorías jurídicas y financieras” y unos 21 no transparentaron la existencia de sociedades comerciales en sus declaraciones de patrimonio.

Ante esto, el  el director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht, comentó que “lamentablemente los constituyentes no son de dedicación exclusiva y deberían serlo”. 

“Debiese haberse dado mejor esta función, estableciendo inhabilidades absolutas para ejercer cualquier otro cargo o función mientras dura este tipo de trabajo. Sin embargo, al no ser así, es muy importante que se ejerza la inhabilitación cada vez que haya algún interés eventual o real que pueda afectar la decisión del constituyente. Y para eso van a ser importantes las reglas que establezca la constituyente en cuanto el establecimiento de aquello”, agregó Precht.

De hecho, para evitar los conflictos de interés, Chile Transparente propone que la Comisión de Ética de la convención “pueda generar una especie de semáforo donde indique a los constituyentes en cuáles discusiones tiene que abstenerse, tanto en la discusión como en la resolución”.

Un proceso bien regulado

A diferencia de Precht, Claudio Alvarado, director ejecutivo del IES señaló que “está suficientemente regulado (las eventuales inhabilidades de los convencionales) sería poco realista pensar algo más”. A su juicio, solo se podría hacer a través de una reforma constitucional, lo que sería complicado con el poco margen que hay para que se inicie la convención.

“No veo margen para incorporar más cosas. Eso, además, no es materia tampoco del reglamento. El reglamento está llamado a regular justamente las votaciones, el funcionamiento de la convención, pero no tendría por qué abordar esto”, agregó Alvarado.

¿Tendrán fuero  los constituyentes?

El Artículo 61 que se aplica para parlamentarios establece que “ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa”.

Asimismo, en el Artículo 60 se lee que “cesará, asimismo, en sus funciones el diputado o senador (y para nuestro caso hipotético un convencional) que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la nación”.

Ante esto, Alvarado sostuvo que los convencionales “ ya tienen fuero considerando las normas que se les aplican”.

Por su parte, Precht, aseveró que “debe estar claro que en la convención no va a existir ningún tipo de fuero y que deben ser absolutamente iguales a cualquier ciudadano en el caso de la persecución de un delito por parte del Ministerio Público. La justicia tiene que seguir funcionando y no podemos generar los incentivos para que se cometan conductas que nadie quiere que se cometan”.

¿Qué no podrán hacer los constituyentes?

El el Artículo 134 de la Constitución se establece que  alos integrantes de la convención se les aplicarán varias de las inhabilidades que hoy afectan a diputados y senadores. O sea, no podrán, entre otras cosas, recibir remuneraciones de organismos públicos como municipalidades, universidades o empresas del Estado.

Sin embargo, los constituyentes que se desempeñen como docentes en entidades del Estado podrán seguir en sus funciones sin goce de sueldo.

Entre los constituyentes que se verían afectados por este artículo están: Agustín Squella (Universidad de Valparaíso, UDP), Jaime Bassa (U. de Valparaíso), Constanza Hube (U. Católica), Amaya Alvez (U. de Concepción), Fernando Atria (U. de Chile) y Renato Garín (Universidad de Chile) que mantienen labores con esas casas de estudio.

Pese a que se establece lo que ocurrirá con entidades públicas, aún no se clarifica qué pasará con las universidades privadas.

 

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