Seguro obligatorio por Covid-19: Lo nuevo que tendrán que contratar las empresas
Por: Felipe Alcaíno
Los empleadores que no lo contraten deberán pagar las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador y asumir sanciones.
Una nueva normativa fue anunciada este miércoles en torno a la vuelta al trabajo, la cual dispone medidas de protección para que las personas retornen de forma presencial, gradual y segura a sus empleos.
Se trata de la Ley 23.342, la cual fue anunciada por el ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero, junto al subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro y el director del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Manuel Cañón.
Las autoridades detallaron que el objetivo es “reforzar la protección de los trabajadores frente a la pandemia en su retorno presencial al trabajo; y ofrecer teletrabajo o trabajo a distancia para trabajadores de alto riesgo en salud y por motivos de cuidado general”.
La normativa también contempla “la eliminación del período de carencia de las licencias médicas por covid-19 existente en licencias de menos de 11 días; y la creación de un seguro de salud y vida para aquellos trabajadores presenciales o semipresenciales que se contagien de la enfermedad”.
— Ministerio del Trabajo (@MintrabChile) June 2, 2021
Este seguro tendría cargo al empleador y se contrataría anualmente para cada trabajador con contrato y que asista a su lugar de trabajo de forma presencial o semipresencial. Además financiará o reembolsará los gastos asociados a hospitalización y rehabilitación tanto en Fonasa como en Isapre.
Para el caso de fallecimientos por la enfermedad, también considera una indemnización de 180 UF, aproximadamente unos $5,3 millones de pesos.
Por otra parte, el ministro puntualizó que “los empleadores que no contraten el seguro deberán pagar las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, además de asumir sanciones, y las que no cuenten con un protocolo de seguridad sanitaria laboral covid-19 no podrán retomar o iniciar la actividad laboral de carácter presencial”.