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Elecciones en dos días: Todo lo que debes saber sobre el rol de los vocales de mesa

Vocales de mesa FOTO: Agencia Uno.

Según el Servel, “el vocal de mesa es el elector, designado por una Junta Electoral, para integrar una Mesa Receptora de Sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos emitidos y realizar el escrutinio de éstos, entre otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios”.

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22 Marzo, 2021

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El presidente Sebastián Piñera firmó la reforma constitucional que amplía a dos días la realización de las próximas elecciones municipales, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes.

“Vamos a promover que adultos mayores, enfermos crónicos, embarazadas y personas con discapacidad, que voten el día sábado, lo hagan con una preferencia”, aseveró el mandatario.

Debido a esto, para estos comicios el rol de los vocales de mesa será de suma importancia para llevar a cabo el proceso de votación. 

Según el Servel, “el vocal de mesa es el elector, designado por una Junta Electoral, para integrar una Mesa Receptora de Sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos emitidos y realizar el escrutinio de éstos, entre otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios”.

Este fin de semana se publicó la lista de las personas que serán vocales de mesa para esta elección. Puede revisar si fuiste elegido aquí . 

Vacunación de vocales

Este lunes 22 de marzo, será vacunados los vocales de mesa entre 51 y 56 años y otro personal de apoyo a las elecciones del 10 y 11 de abril.

De acuerdo al calendario de vacunación del gobierno, se continúa también con la entrega de la segunda dosis, por lo que las personas deberán asistir en la fecha indicada en la tarjeta recibida al ser inoculados por primera vez.

¿Cuánto se paga por ser vocal?

En cuanto al pago, los vocales que asistan sábado y domingo recibirán un bono de $60 mil por el fin de semana. En caso de asistir solo una jornada recibirán lo que hoy estipula la norma, equivalente a dos tercios de UF (un poco más de $19 mil).

Además, si una persona es asignada el mismo día de votación, porque su mesa no estaba constituida a la hora de votar, se le paga distinto. Ese voluntario que se queda de vocal recibirá un bono de $30 mil.

¿Cuándo se sabrá quiénes son vocales?

Sábado 20 de marzo 2021

Se publicará la lista de quienes deberán acudir a cumplir su deber como vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios, los miembros de Colegios Escrutadores, Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores.

Lunes 22 de marzo 2021

Comienza el plazo para presentar excusas (detalle más abajo) y solicitar la exclusión para desempeñarse como vocal de Mesa y de miembro del Colegio Escrutador.

Miércoles 24 de marzo 2021

Vence el plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones ante Juntas Electorales para desempeño del cargo de vocal de Mesa y de miembro del Colegio Escrutador.

Sábado 27 de marzo 2021

Se entrega la lista definitiva de quienes compondrán el equipo de vocales de Mesa a lo largo del país.

Sábado 10 de abril 2021

A las 15:00 horas, los vocales de Mesas Receptoras designados, se reúnen para constituirse en el sitio que se les haya fijado para su funcionamiento, para recibir por parte del Servicio Electoral la capacitación (obligatoria en caso de que sea la primea vez que cumplen función como vocal de Mesa).

Domingo 11 de abril 2021

Los vocales se reúnen en los locales respectivos a las 08:00 horas de la mañana y comienza el funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios.

¿Cuáles son los motivos por los que me puedo excusar de ser vocal?

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación y madres con hijos menores de dos años.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

¿Me pueden multar si no cumplo con ser vocal?

Incurre en una infracción electoral. Esto significa que puede ser sancionado con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 UTM.

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