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Presidente Piñera extiende el Estado de Catástrofe hasta el 13 de marzo de 2021

Presidente Sebastián Piñera y estado de catástrofe FOTO: Agencia Uno.

Sin embargo, el mandatario aseveró que  “si las circunstancias, podemos levantar anticipadamente el Estado de Excepción”.

Por:

3 Diciembre, 2020

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Durante la conmemoración del Día Nacional del Médico y a nueve meses desde que llegó la pandemia a Chile, el presidente Sebastián Piñera anunció que extenderá el Estado de Catástrofe hasta el 13 de marzo de 2021.

Según indicó el Mandatario, la medida permite “de forma excepcional restringir libertades y movimientos de personas, junto a tomar acciones como cuarentenas y toque de queda que, estimamos, son necesarios”.

Asimismo, la autoridad destacó que, “si las circunstancias, podemos levantar anticipadamente el Estado de Excepción”.

 

¿Cómo funciona el Estado de Catástrofe?

El “Estado de Catástrofe” se declara en los casos de “calamidad pública” y sus efectos son los siguientes:

-Las zonas afectadas quedan bajo la dependencia del “Jefe de la Defensa Nacional”, quien es designado por el Presidente de la República.
-El Presidente tiene las facultades excepcionales de restringir: “las libertades de locomoción y de reunión; disponer requisiciones de bienes; establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad; y, adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.
-Estas facultades también pueden recaer, total o parcialmente, en el jefe de Defensa Nacional designado, si es que el Mandatario lo decide.

  • El Jefe de Defensa Nacional tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:

– Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona.
– Controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella.
– Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.
– Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
– Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
– Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
– Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
– Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
– Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.

 

 

 

Revisa la declaración del mandatario aquí:

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