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¿De qué se trata la nueva ley de Estatuto Antártico?

estatuto antático FOTO: Presidencia.

El presidente Piñera aseveró que “es una ley marco que sistematiza, coordina y moderniza las normas y las instituciones a través de las cuales se regula la presencia y la relación de nuestro país con la Antartica”.

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21 Agosto, 2020

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Este viernes, el presidente Sebastián Piñera promulgó el ley que crea un nuevo estatuto chileno antártico, que busca coordinar y modernizar las normas que regulan la presencia chilena en dicho continente.

Desde nuestro primer Gobierno la Antártica ha sido una prioridad, por eso presentamos el proyecto de ley original que crea el estatuto”, afirmó Piñera. Además, aseveró que “es un buen momento para reafirmar nuestra presencia en el continente Antártico”.

Asimismo, el mandatario señaló que “este estatuto antártico es una ley marco que sistematiza, coordina y moderniza las normas y las instituciones a través de las cuales se regula la presencia y la relación de nuestro país con la Antartica”.

“Chile se mantendrá muy firme en la posición que ha asumido desde el primer día, de ser una país garante de la Antártica como un continente blanco,  como un continente de la paz y eso significa resguardar o impedir la nuclearización, promover la investigación y el desarrollo científico, fortalecer la protección del medio ambiente y proteger los recursos naturales de este continente”, aseveró el mandatario.

Además, el Mantario aseveró que “el estatuto que estamos promulgando hoy guarda plena armonía y asume todas las obligaciones internacionales que Chile ha aceptado al ser parte del Tratatado Antartico que tiene su origen en el año 1959″.

¿Qué establece el Estatuto Antártico?

El Estatuto reafirma el cumplimiento de compromisos internacionales, dado que, en el marco del Sistema de Tratado Antártico, Chile contrajo obligaciones para brindar un marco normativo en relación al uso pacífico de la Antártica; la cooperación para la investigación científica; intercambio de informaciones; el régimen de inspecciones de las actividades que se realizan en la Antártica; la estructura orgánica; las actividades de terceros Estados en la Antártica; y las normas y convenciones para la conservación de los recursos y del medioambiente.

Se establece una política de Estado con una regulación legal coherente y conjunta a la Política Antártica Nacional cuya duración será de 10 años, un Plan Estratégico Antártico cuya duración será de 5 años y el Programa Antártico Nacional cuya duración será de 1 año.

La ley explicita la existencia del Consejo de Política Antártica y las funciones de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa y Ciencia, proyectando una política Antártica que establece acciones concretas y cuyo diseño y ejecución traspasan las determinaciones que pueden adoptarse en un Gobierno específico, otorgando a este territorio nacional el sitial de relevancia que le corresponde.

Además, se potencia, además, el trabajo operativo y logístico y la presencia permanente en el Sexto Continente de los operadores antárticos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, bajo la dirección del Ministerio de Defensa Nacional, de su Subsecretaría de Defensa y coordinados por el Estado Mayor Conjunto.

Se hace un reconocimiento expreso de la Soberanía sobre el Territorio Chileno Antártico, incluyendo la plataforma continental jurídica y extendida, conforme le correspondan a nuestro país de conformidad al Derecho Internacional, con fundamentos geográficos, históricos, diplomáticos y jurídicos.

Asimismo, se regulan las actividades Antárticas: Se establece un sistema de autorización y fiscalización, de actividades científicas y tecnológicas; el zarpe y despegue de naves y aeronaves nacionales con destino antártico; actividades artísticas, culturales y deportivas; turísticas; pesqueras y de captura de recursos vivos marinos, y de búsqueda y rescate.

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