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Coronavirus en Chile: ¿Cómo funciona el Estado de Catástrofe?

Sebastián Piñera FOTO: Agencia Uno.

El presidente Sebastián Piñera anunció que esta medida comenzará a regir a partir de las 00:00 horas del día jueves y durará por 90 días.

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18 Marzo, 2020

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Tras encabezar una reunión en medio de la emergencia por coronavirus, el Presidente Sebastián Piñera decretó Estado de Catástrofe en todo el territorio nacional a partir de las 00.00 horas del jueves y durará 90 días.

Esto tras la conferencia de prensa realizada por el ministro de Salud, Jaime Mañalich, quien confirmó 238 casos de coronavirus en el país, de los cuales, ocho se encuentran hospitalizados.

Durante su conferencia, el mandatario dijo que desde los primeros de enero “el gobierno elaboró un plan de acción para enfrentar la crisis” y realizó un balance de la gestión realizada durante los últimos dos meses.

Asimismo, Piñera envió un mensaje de “tranquilidad a los chilenos” porque el país “está preparado” para esta emergencia. Además realizó un llamado a la “unidad” y “responsabilidad en la toma de decisiones y no improvisaciones sin análisis”.

Revisa la declaración completa del presidente aquí 

¿Cómo funciona el Estado de Catátrofe?

El “Estado de Catástrofe” se declara en los casos de “calamidad pública” y sus efectos son los siguientes:

-Las zonas afectadas quedan bajo la dependencia del “Jefe de la Defensa Nacional”, quien es designado por el Presidente de la República.
-El Presidente tiene las facultades excepcionales de restringir: “las libertades de locomoción y de reunión; disponer requisiciones de bienes; establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad; y, adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.
-Estas facultades también pueden recaer, total o parcialmente, en el jefe de Defensa Nacional designado, si es que el Mandatario lo decide.

  • El Jefe de Defensa Nacional tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:

– Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona.
– Controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella.
– Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.
– Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
– Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
– Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
– Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
– Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
– Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.

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