El Servicio de Impuestos Internos definió la normativa tributaria para las criptomonedas en Chile (como el Bitcoin), después de una década desde que este sistema de pago digital irrumpiera a nivel mundial, y tras el importante crecimiento de este incipiente mercado en el último año.
Entre las actualizaciones, se establece que lo obtenido a través de criptomonedas deberá ser declarado como cualquier otro ingreso, ya sean ganancias generadas dentro o fuera del país.
“Toda persona domiciliada o residente en Chile para los fines del impuesto a la renta debe considerar y declarar todas sus ganancias, rendimientos y utilidades cualquiera sea el lugar o el monto de su generación, en Chile o el extranjero“, comunicaron desde la entidad fiscalizadora.
“La ley de la renta es bien amplia para definir qué es renta, señalando que es cualquier incremento de patrimonio. Llámese como sea, una criptomoneda entra en ese gravamen, y debe declararse como cualquier otro ingreso“, opinó Javier Jaque, de la Consultoría Tributaria de EY, en un artículo de La Tercera.
Sin embargo, las transacciones relacionadas con monedas virtuales no serán afectadas por el IVA debido a que “carecen de corporalidad”, informaron desde el SII.
Además, el SII agregaró que publicarán un oficio para especificar otras definiciones sobre el tema y realizaron un llamado a los políticos para que implementen una normativa diferenciada frente a estos casos.
“Para el mundo de la economía digital no hay normativa específica, más bien se aplica la normativa general (…) sería oportuno, conveniente, introducir algunas normas especiales, porque sucede que los contribuyentes no conocen bien la norma tributaria. En la ley de la renta no hay una mención a la economía digital, menos a las criptomonedas. De esa perspectiva, evidentemente se produce incumplimiento por no saber”, puntualizaron.