Ya está publicada por el Ministerio de Salud la Norma Técnica de Acompañamiento y Atención Integral de la Ley 21.030 sobre la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres casuales: inviabilidad del feto, riesgo de vida de la madre y violación.
Esta normativa rige para todos los prestadores de salud sean públicos o privados, e indica que el modelo de atención “debe asegurar el acceso, oportunidad, calidad y seguridad de la atención, resguardando la continuidad del proceso y relevando el acompañamiento psicológico y social, evitando la revictimización, en un ambiente de respeto y confidencialidad”.
En la elaboración del documento, participaron representantes de salud, además de colaboradores de sociedades médicas de Obstetricia y Ginecología, Genética, Pediatría y revisores externos.
Niveles de atención
El primer nivel es ambulatorio y se refiere a los centros de atención primarias como consultorios, servicios de urgencia, centros comunitarios y rurales de salud; así mismo consultas particulares. Si en estos servicios, la paciente solicita una de las tres causales, debe ser derivada a centros de especialidad con un plazo máximo de 24 horas.
En el segundo nivel se encuentran los centros médicos, policlínicos, clínicas y hospitales donde se realizará la constitución de la causal. Desde ese momento el equipo de salud debe ofrecer el programa de acompañamiento, y, finalmente, si la decisión es interrumpir el embarazo, se debe informar las características de los métodos que el equipo pueda ofrecer y la paciente deberá firmar el consentimiento informado.
El tercer nivel hace referencia a centros donde se resolverán casos de alto riesgo.
En la normativa se indican los procesos que deben seguir en los centros de salud en cada una de las causales de la ley. En el caso de la tercera causal, por violación, el documento estipula no estigmatizar a la mujer y mantener la confidencialidad del caso. Si es que la mujer denunció la violación, en el proceso de recopilación de datos se podrá utilizar el mismo testimonio entregado para que no tenga que pasar dos veces por lo mismo. En el caso de menores de 14 años, no es necesario el relato, ya que por ley es violación.
Una vez revisado el caso, los médicos tienen un plazo de 24 horas para informar a la paciente si está dentro de la causal. En caso de menores de edad, el jefe del establecimiento debe informar a la Fiscalía.
Antes de la decisión final, se le darán distintas opciones a la mujer, donde están interrumpir el embarazo, continuar con él y quedarse con el hijo/a, donde se le explicará el conjunto de beneficios sociales a los cuales podrá postular; o dar el hijo/a en adopción, donde se le explicará que contará con apoyo continuo de un trabajador social para asesorar dicho proceso.
Cuando se haya realizado el procedimiento, la paciente deberá saber que “se tomarán muestras de los restos del feto para la persecución del violador/es, y la eventual activación del proceso judicial correspondiente”.