Corte de Apelaciones anula multa del SVS contra el ex presidente de La Polar
El fallo unánime asegura que sanción no aplica ya que el ex ejecutivo ya había sancionado anteriormente por el Segundo Juzgado de Garantía a raíz del caso de repactaciones unilaterales de deudas en 2011.
Este lunes, le Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de reclamación y anuló la multa de 25 mil UF (equivalente a $662 millones) aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) contra el ex presidente del directorio de la La Polar, Pablo Alcalde.
El fallo unánime de la Tercera Sala del Tribunal acogió la solicitud presentada por la defensa del ex ejecutivo contra el dictamen del Décimo Juzgado Civil de Santiago, que había confirmado la sanción tras establecer que la multa vulnera el principio judicial non bis ibídem”, debido a que los mismos hechos fueron sancionado penalmente por el Segundo Juzgado de Garantía.
El documento sostiene que “es evidente que tanto la figura penal como la figura administrativa protegen el mismo bien jurídico: el correcto y transparente funcionamiento del mercado de valores. Por consiguiente, cuando se ha sancionado ya penalmente a un sujeto por haber ejecutado las conductas que describen las letras a) y f) del artículo 59, se contraviene la prohibición del non bis in ídem cuando se lo pretende sancionar, nuevamente, en la sede administrativa”.
“En la situación planteada en el presente litigio y asumiendo que las conductas descritas en las letras a) y f) del artículo 59 de la Ley N° 18.045 son también “tipos administrativos” -cuestión que al menos se puso en duda en el motivo Décimo-, es evidente que tanto la figura penal como la figura administrativa protegen el mismo bien jurídico: el correcto y transparente funcionamiento del mercado de valores”, señala el fallo .