Este martes, la Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó la sentencia de condena para siete agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su participación en el secuestro de Claudio Venegas Lazzaro, ocurrido el 10 de septiembre de 1974 en Santiago.
El tribunal mantuvo la sentencia de cinco años de presidio, sin beneficios, para los agentes de la DINA César Manríquez Bravo, Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González, Alejandro Molina Cisternas y Risiere Altez España.
Además, ratificó que los agentes Manuel Rivas Díaz y Hugo Hernández Valle deberán purgar 4 años de presidio, sin beneficios.
Durante la investigación, el ministro Mario Carroza determinó que 10 de septiembre de 1974, el adolescente Claudio Venegas Lazzaro caminaba junto a Luis Olivares Toro por el centro de Santiago.
“Ambos militantes del Partido Socialista fueron privados de libertad, sin existir orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase, por sujetos que vestidos de civil los condujeron hasta el Cuartel Central de Investigaciones de Chile, donde fueron interrogados, y los mantuvieron hasta el día 16 de septiembre de 1974, oportunidad en que junto con otros siete militantes de una cédula encubierta del Partido Socialista, son retirados por un funcionario de Carabineros, quien actuando por la DINA firmó la correspondiente acta de entrega de detenidos y les trasladó hasta un centro clandestino de detención, ubicado en calle Irán N° 3037, esquina calle Los Plátanos, de la actual comuna de Macul”.
Asimismo, la resolución señaló que “en dicho cuartel, “(…) conocido como “Venda Sexy” o “Discoteque” por los vejámenes sexuales que allí se cometían o por encontrarse permanentemente con música a alto volumen, recinto donde además de privársele de libertad de forma ilegítima, fueron sometidos a interrogatorios y tortura, y en algunas oportunidades trasladados para recuperarlos hasta los centros de detención “Tres y Cuatro Álamos” y una vez recobrados, devueltos al centro de detención “Venda Sexy” para continuar con las interpelaciones, en fechas indeterminadas”.
“Desde ese momento se ignora el paradero de Venegas Lazzaro, así como la suerte que ha corrido en su salud física y síquica e integridad corporal, sin que desde su detención haya tomado contacto con familiares o amigos, ni registra salidas o entradas al país ni tampoco consta su defunción”, señala el documento.