Tras el fallo del TC, el secretario general de Gobierno, Marcelo Díaz, en compañía de los titulares de Hacienda y Trabajo, Rodrigo Valdés y Ximena Rincón, respectivamente, aseguró que el Ejecutivo “como siempre, acatará este fallo, como acató de buena fe el primer pronunciamiento del tribunal”.
El vocero de La Moneda aseguró que “somos respetuosos de la institucionalidad y llamamos a la oposición ser respetuosa también, podrán compartir la sentencia pero deben acatarla“.
En esa línea, el secretario de Estado sostuvo que este fallo “da cuenta del pleno respeto a las normas, en Chile las instituciones funcionan” y criticó la “forma y tono” que utilizó Chile Vamos para presentar el requerimiento, ya “que no corresponden al modo en que deben relacionarse los poderes del Estado”.
Por su parte, el presidente de la UDI, Hernán Larraín, lamentó la decisión del tribunal y aseguró que “lo acatamos pero es un fallo absurdo que contradice la jurisprudencia del tribunal”.
En este sentido recordó que en circunstancias anteriores el tribunal ha respaldado el criterio defendido por la oposición en este caso, respecto a que los requerimientos fueron presentados dentro de los plazos legales. “Se equivocaron, actuaron presionados, no puedo decir que pasó”, añadió
Este jueves, el Tribunal Constitucional definió que el requerimiento presentado por los parlamentarios de Chile Vamos contra la reforma laboral es inadmisible.
Reforma laboral: TC declara inadmisible requerimientos de Parlamentarios pic.twitter.com/90FZtuhumH
— Trib. Constitucional (@tcchile2016) 14 de julio de 2016
La votación terminó con un empate por lo que la decisión final la tuvo que tomar el presidente del organismo, Carlos Carmona, quien rechazó el recurso.
Tras este fallo la reforma laboral podrá ser promulgada con las últimas modificaciones realizadas a través del veto presidencial.
Antes de la audiencia, el jefe de la división jurídica de la Segpres, William García, solicitó declarar inadmisible los requerimientos realizados por la oposición señalando que fueron interpuestos fuera de plazo, esta acción solo puede realizarse cinco días posterior al despacho del proyecto.
En este sentido García enfatizó que el despacho es el momento en que se aprueba el proyecto, lo que ocurrió el 23 de junio.
Asimismo, indicó que el veto presidencial solo se puede impugnar la normas contenidas en el veto y no otras que ya fueron aprobadas.
Frente a esto, el abogado constitucionalista Miguel Angel Fernández argumentó que el despacho no es cuando el Congreso apruebe la iniciativa, puesto que para ello se requiere una formalidad legal que puede ser una notificación, comunicación o publicación.
De este modo sostuvo que el despacho ocurrió cuando se ingresó el oficio al Tribunal Constitucional, lo que ocurrió el 28 de junio.
En tanto el subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, llamó a ser respetuosos de lo que resuelva la instancia. “Esta es una etapa procesal de admisibilidad. Este requerimiento puede sentar graves precedentes en las relaciones entre los poderes legislativos, Ejecutivo y el TC. Se produjeron los alegatos y hay que ser respetuoso del Tribunal”, afirmó Díaz.
Cabe recordar que el 3 de julio un grupo de 13 senadores y 38 diputados de oposición presentaron ante el TC dos nuevos requerimientos contra la reforma laboral y pidieron revisar 25 artículos aprobados por el Congreso que consagrarían la titularidad sindical.
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