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Colusión Papel: Tribunal estima que podría configurarse asociación ilícita en el caso

La empresa SCA (ex PISA) presentó un documento con cuatro solicitudes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

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24 Diciembre, 2015

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La discusión de competencias entre tribunales, en la arista penal del caso colusión del papel, aún está pendiente debido a que  la titular del Juzgado de Letras de Colina, Elizabeth Reinoso, se declaró ayer incompetente y derivó la causa al 34° Juzgado del Crimen de Santiago.

“Para este tribunal los delitos que podrían hipotéticamente configurarse, por ahora y sin perjuicio (de) lo que arroje la investigación, son aquellos que describe y sanciona el artículo 285 y 292 y siguientes del Código Penal”, dice la resolución que emanó ayer del Juzgado de Letras de Colina.

La situación a la que apunta la abogada, describe en el primer caso los delitos asociados a la alteración “por medios fraudulentos” del precio natural de los productos.

Respecto al segundo, al título 10 del Código Penal, “de las asociaciones ilícitas”, en el que toda “asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social, contra las buenas costumbres, contra las personas o las propiedades, importa un delito que existe solo por el hecho de organizarse”.

La empresa SCA (ex PISA) presentó un documento con cuatro solicitudes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), por el requerimiento de colusión en el mercado del papel tissue, entre 2000 y 2011, que la FNE formuló a fines de octubre en su contra y de CMPC Tissue, filial de Empresas CMPC, del grupo Matte, según informa El Mercurio.

En el escrito -de 124 páginas y que fue liberado en la tarde del miércoles por el TDLC- la papelera de origen sueco acusa a CMPC no solo de liderar y coordinar el llamado “cartel del confort“, sino también de “amenazarla” y “disciplinarla” para formar parte de él.

Entre las peticiones de SCA están:

-Que se rechace la solicitud de exención de toda multa que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) formuló en favor de CMPC Tissue.

-Que exima a SCA Chile de toda multa (US$ 15 millones), reconociéndole su carácter de primer agente que se delató válidamente, cumpliendo todos los requisitos legales.

-Que, en subsidio, imponga a SCA Chile la multa más baja que en Derecho corresponda.

-Que se condene en costas a la FNE.

Foto: La Tercera

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