Proyecto de autocultivo permitiría hasta seis plantas por domicilio

Se apunta a la modificación de la ley 20.00, sobre tráfico ilícito de estupefancientes y sustancias psicotrópicas.

El presidente de la Comisión de Salud, Juan Luis Castro (PS), manifestó en conversación con 24 horas, que la aprobación del proyecto  significaría “un paso histórico” para nuestro país.

“La ley actual permite el consumo privado, pero tiene la paradoja de que nadie puede ser reconocido ni con un gramo de marihuana, porque se le acusa de porte ilegal y por lo tanto es procesado”, indicó Castro.

El parlamentario aseguró, que de aprobarse el proyecto, se permitirá un máximo de seis plantas por domicilio, las cuales serían fiscalizadas por entidades especializadas.

El pasado lunes se llevó a cabo la votación del proyecto que busca modificar la ley 20.00, sobre tráfico ilícito de estupefancientes y sustancias psicotrópicas, con el objetivo de legalizar el autocultivo de cannabis, para el consumo privado, y despenalizar su expendio y cultivo para finalidades medicinales.

Despachado quedó el proyecto desde la Comisión de Salud de la Cámara. En la instancia, Castro, recordó que si bien “hay muchos trámites” por delante, el texto despachado hoy establece que “va a haber un uso por prescripción médica de la cannabis en sus distintas formas. Nunca un menor de 18 años va a poder fumar marihuana terapéuticamente que no sea bajo otras fórmulas distintas que no sean inhalatorias”.

Junto con esto, Castro detalló que “se autoriza el autocultivo de hasta seis plantas por domicilio. Va a estar en manos de las autoridades sanitarias que se cumpla esta disposición”. Del mismo modo se permite la tenencia de hasta 10 gramos, aunque se prohíbe su consumo en la vía pública.

De aprobarse el proyecto en la cámara de diputados, pasará a segunda tramitación en el Senado, donde, si a su vez se aprueba el proyecto, deberá ser visado por la Contraloría General de la República, para así ser despachado. Luego de publicarse en el Diario Oficial deberán transcurrir 90 días para que la norma comience a regir.

Si por el contrario, el Senado se negara a lo que despachó la Cámara, se deberá discutir el proceso en una Comisión Mixta. De aprobarse en el Senado, pero con indicaciones, la Cámara deberá volver a discutir la instancia.

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