Este miércoles los miembros de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobaron de forma unánime, en general y en particular el proyecto de ley que establece un aumento escalonado del salario mínimo elevándolo a $225.000 este año desde los actuales $210.000, a $241.000 en julio de 2015 y $250.000 en enero de 2016.
La iniciativa será votada más tarde por la Sala de la Cámara de Diputados.
El proyecto, que ingresó a trámite legislativo con discusión inmediata (seis días), define también un incremento de 7,1% para los ingresos mínimos mensuales (IMM) de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años y el IMM con fines no remuneracionales.
Por su parte el subsidio familiar se reajustará en $9.242 a partir del 1 de julio de 2014, en $9.899 el 1 de julio de 2015 y en $10.269 el 1 de enero de 2016.
Los cálculos del Ejecutivo suponen un mayor gasto fiscal para 2014 de $14.745 millones de pesos. El monto ascenderá a $45.286 millones, en 2015, y a $93.849 millones, en 2016.
LAS CIFRAS EN DETALLES (vía La Tercera)
1. Desde el 1° de julio de 2014: de $9.242 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $236.094; de $5.672 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $236.094 y no exceda los $344.840; y de $1.793 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $344.840 y no exceda los $537.834. Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $537.834 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este articulo.
2. A contar del 1° de julio de 2015: de $9.899 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $252.882; de $6.075 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $252.882 y no exceda los $369.362; y de $1.920 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $369.362 y no exceda los $576.080. Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $576.080 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
3. Desde el 1° de enero de 2016: de $10.269 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $262.326; de $6.302 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $262.326 y no exceda los $383.156; de $1.992 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $383.156 y no exceda los $597.593. Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $597.593 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.