El Tribunal de Justicia de la Unión Europea respaldó el llamado “derecho al olvido”, señalando que los motores de búsqueda como Google deben retirar los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si se comprueba que perjudican a un ciudadano y ya no son pertinentes.
“Si, a raíz de la solicitud de la persona afectada se comprueba que la inclusión de esos enlaces en la lista es incompatible actualmente con la Directiva (de protección de datos personales), la información y los enlaces que figuran en la lista deben eliminarse”, afirmó la Corte con sede en Luxemburgo en un comunicado.
El caso fue presentado por un ciudadano español, Mario Costeja González, quien señaló que el buscador seguía indexando un viejo anuncio sobre una subasta de bienes embargados por una deuda con la Seguridad Social. Según Google seguía siendo deudor y casado, a pesar de estar hace años divorciado.