Salario mínimo queda en $210.000 tras aprobación de Cámara de Diputados
Con 75 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta sobre el proyecto que reajusta el salario mínimo de los $193.000 a $210.000. La nueva cifra comenzará a regir desde el mes de agosto e… View Article
Con 75 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta sobre el proyecto que reajusta el salario mínimo de los $193.000 a $210.000.
La nueva cifra comenzará a regir desde el mes de agosto e incluirá la propuesta del Ejecutivo sobre la retroactividad del reajuste al 1 de julio, pero solo en lo relativo a las asignaciones familiares.
El proyecto debería ser votado esta tarde en la Sala del Senado y, de ser aprobado, quedará en condiciones para comenzar a regir desde este mes.
La iniciativa equivale a un alza del 8.8% en el ingreso de todos los trabajadores, incluidos el IMM para trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años. así estos últimos salarios cambian de $144.079 a $156.770 y de $124.497 a $135.463, respectivamente.
El subsidio familiar aumentaría desde el mes de julio en el mismo porcentaje, también para el tramo más focalizado de las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares (SUF).
Para el segundo y tercer tramo de asignación familiar y maternal, el gobierno presenta un reajuste que contempla la variación del costo de vida.
En esta línea, se fija en $8.426 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $220.354; en $5.294 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $220.354 y no exceda de $321.851; y en $1.673 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $321.851 y no exceda de $501.978.
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $501.978 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores. Además, se indica que dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.