Tiene hijos, paga impuestos y gana -junto al progenitor(a) de su pequeño(a)- menos de $18 millones anuales? Entonces, probablemente, esté entre el grupo de contribuyentes que podrá descontar del impuesto de segunda categoría y global complementario aquellos gastos por concepto de educación, entendiéndose éstos como matrículas, mensualidades, transporte y hasta centros de padres, para la educación preescolar, básica y media y siempre que los alumnos tengan un 85% de asistencia y sean menores de 25 años.
Esa es una de las novedades que vendrán incorporadas a partir de la Declaración de Renta que se realizará en los próximos meses, y que es parte de los contenidos de la Reforma Tributaria de 2012.
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