Cómo viene la nueva regulación para las tarjetas de casas comerciales
Los cambios a las normas financieras del Banco Central debería otorgar mayores atribuciones a la SBIF, la que hoy se remite sólo a fiscalizar las transacciones de dichas tarjetas con comercios asociados. COSTANZA CRISTINO
Era el año 2000 y las tarjetas del retail comenzaron a ser utilizadas para pagar en farmacias y bombas de bencina. Situación que el Banco Central aprovechó y utilizó para reformar el Capítulo III J. 1, dado que éstas se transformaban en plásticos abiertos, incorporándolas así a la fiscalización de la SBIF. Eso sí, siempre limitada a las transacciones que se llevan a cabo en comercios diferentes de las propias casas comerciales.
Hoy, luego del remezón provocado por el caso La Polar, el Banco Central vuelve a intervenir el Capítulo III J. 1, con el objetivo de ampliar las atribuciones fiscalizadoras de la SBIF sobre las casas comerciales emisoras de tarjetas de crédito.
Y está bastante avanzada. Hace unas semanas, la Superitendencia de Bancos terminó sus comentarios a los borradores desarrollados por el ente rector. De este modo, en el corto plazo el documento oficial debiera ser publicado para consulta pública.
“La modificación al IIIJ.1, como lo ha señalado el presidente del Banco Central en un par de ocasiones, está en su etapa final de análisis”, dijo el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras, Raphael Bergoeing.
LA NUEVA NORMATIVA
Respecto de por dónde vendrá la mano de esta normativa, el ente regulador ha preferido no adelantar información. Sin embargo, tomando como punto de partida lo ocurrido con el Caso La Polar y las atribuciones de la SBIF, la apuesta del mercado apunta a exigencias de provisiones y capital hacia estos oferentes de crédito.
De acuerdo al ex superintendente de Bancos, Guillermo Ramírez, lo ocurrido con La Polar dejó en evidencia dos flancos en términos de fiscalización y regulación. Por una parte, el tema de la transparencia y equidad de sus contratos de adhesión, y por otro, en términos de los niveles de solvencia de estos otorgantes de crédito.
“Lo primero ya está bien tratado por la Ley del Sernac Financiero publicada en marzo pasado, por lo que falta el asunto de la solvencia, es decir, provisiones y capital de las empresas de retail”, dice Ramírez.
LAS LIMITACIONES
De todos modos, la injerencia de esta nueva normativa podría verse anulada si es que los retailers decidieran retroceder y limitar el uso de sus tarjetas sólo dentro de sus tiendas. Y es que las atribuciones de la SBIF sólo pueden fundamentarse bajo la premisa de tratarse de tarjetas de crédito abiertas, es decir que se usan para hacer pagos en comercios diferentes al emisor del plástico.
Para Ramírez, esta alternativa no resulta ser tan descabellada, ya que el negocio financiero del retail se concentra entre un 85% y 90% en el otorgamiento de créditos para compras en sus propias tiendas.
Debes saber
¿Qué ha pasado?
Luego del remezón provocado por el Caso La Polar, el Banco Central y la SBIF trabajan en una reforma que amplía las exigencias sobre los retailers emisores de tarjetas de crédito.
¿Cuándo debería estar lista la normativa?
El documento que reforma el Capítulo III J. 1 debería ser enviado a consulta pública en el corto plazo.
¿Qué línea seguirá esta nueva normativa?
Ésta debería generar exigencias al retail en términos de solvencia, es decir niveles de capital y provisiones, así como también de entregar mayor información.
Vía Pulso.